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Pena de prisión perpetua: un debate necesario en Argentina

Las condenas impuestas recientemente en casos de gran resonancia pública han vuelto a poner en el centro de la discusión a la pena de prisión perpetua.

Delitos graves como los sufridos por las víctimas en estos casos merecen una sanción adecuada a las personas responsables. Tanto nuestra Constitución Nacional como los Tratados Internacionales de Derechos Humanos prevén que la finalidad de las penas sea la reinserción social de la persona y esto requiere que tengan un tiempo determinado de duración y un régimen progresivo que permita recuperar la libertad si se cumplen determinadas condiciones previstas en la ley. De otro modo, pueden devenir en una pena cruel e inhumana.

Una serie de reformas aprobadas en los años 2004 y 2017 introdujeron modificaciones a la ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de libertad y al Código Penal que restringen, para una amplia gama de delitos, la posibilidad de acceder a salidas transitorias, libertad condicional y otros institutos propios del régimen de progresividad. Esto supone, para las condenas por los delitos que prevén pena de prisión perpetua, como los homicidios agravados, la posibilidad de que material y efectivamente sean perpetuas.

En esta línea, las obligaciones internacionales asumidas por Argentina implican que se tenga que adecuar la legislación interna a los estándares en materia de reclusión o prisión perpetua, que señalan que debe aplicarse de manera excepcional, ser proporcional y limitada por el fin de resocialización previsto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

La duración indeterminada de estas penas se ve agravada por las condiciones inhumanas en que se encuentran las cárceles del país y la falta de acceso a derechos para las personas privadas de libertad, problemáticas que el Comité ha constatado en el marco de su tarea de monitoreo constante de los lugares de encierro. Además, la ausencia de participación en actividades vinculadas al régimen de la progresividad puede generar un deterioro en las condiciones de detención y afectar la convivencia con las otras personas privadas de libertad.

Frente a ello, el Comité considera necesario y urgente iniciar un debate para revisar, por un lado, las penas previstas en el Código Penal para los delitos graves, como los homicidios calificados, que prevén como única opción la prisión perpetua y, por el otro, las reformas normativas llevadas a cabo en los últimos años que desvirtúan el régimen de progresividad y el fin resocializador de las penas.  

Para ver el Reporte de datos del CNPT sobre el uso de la prisión perpetua en Argentina, hacé CLICK ACÁ.