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Recomendaciones del Informe Anual 2021 del CNPT

El Comité reitera y ratifica las recomendaciones de sus informes anuales previos y de los informes de las visitas de inspección

?Evitar incrementar la capacidad de los establecimientos penitenciarios; tomar en cuenta el documento “Estándares mínimos de capacidad de alojamiento y condiciones de detención en establecimientos penitenciarios” del CNPT; prohibir el alojamiento prolongado en lugares de corta duración (comisarías, dependencias policiales, destacamentos, brigadas) y tomar acciones para descomprimirlos.

???Proveer los recursos necesarios para garantizar los derechos y necesidades básicas de toda persona privada de la libertad, vinculadas a la higiene, habitabilidad, alimentación, educación, salud, entre otros.

☮️Adoptar programas de resolución pacífica de conflictos en contexto de encierro; favorecer las buenas prácticas de autogestión, trabajo y educación en el ámbito penitenciario.

??Dar continuidad al plan de vacunación de las PPL; restablecer el régimen de visitas al instaurado antes de la pandemia; habilitar en forma permanente el uso de celulares; levantar las restricciones en el acceso a educación universitaria en contexto de encierro; ampliar y mejorar la conectividad a internet y la disposición de computadoras para PPL.

?️‍?En cuánto a personas trans, no binarias y de géneros diversos privadas de la libertad,  incluir en los programas de formación obligatorios del personal de custodia capacitaciones relativas a esta temática; adecuar los protocolos de requisas a los estándares nacionales e internacionales; garantizar el avance en el régimen de progresividad así como el acceso a derechos;  evitar medidas de aislamiento como forma de protección.

??‍⚕️Avanzar con la implementación efectiva de los dispositivos de atención en salud mental acordes con el modelo prescripto por la Ley Nacional de Salud Mental.

??En cuanto a NNyA en contexto de encierro por causas penales, garantizar los derechos previstos en las normas y estándares locales e internacionales; implementar acciones para modificar el régimen punitivo existente hacia uno basado en la restitución de derechos; mejorar las condiciones de alojamiento; fortalecer la profesionalización y capacitación del personal que trabaja con los/as jóvenes detenidos.

?⏩ Respecto a los Mecanismos Locales de Prevención: implementarlos en aquellas provincias donde ya está sancionada la ley de creación; dotar los ya creados del presupuesto necesario para su adecuado funcionamiento; reglamentar la ley de creación en aquellas provincias en que esta etapa se encuentra pendiente; disponer legalmente su creación en aquellas provincias que aún no lo hayan hecho.

Ajustar la tipificación del delito de tortura, de conformidad con lo detallado en el anteproyecto de ley elaborado por el CNPT.

??‍♀️??‍?Promover y garantizar el acceso al derecho al trabajo para las personas privadas de la libertad una vez que recuperan la libertad.

⚖️Reducir el tiempo y la aplicación de la prisión preventiva, promoviendo un mayor uso de medidas alternativas de acuerdo a lo previsto en los estándares internacionales; adoptar medidas que sustituyan el cumplimiento efectivo de condenas de corta duración; respetar la progresividad en el cumplimiento de la pena.

Controlar activamente la imposición de sanciones sobre las PPL y procurar eliminar el aislamiento como práctica reiterada; asegurar el acceso a la justicia a las PPL; fortalecer la investigación judicial de la tortura.

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