Un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal refuerza la obligación de investigar con debida diligencia las muertes bajo custodia estatal
A 22 años de la muerte del soldado chaqueño Mauro José Francisco Ramírez en un Destacamento del Ejército, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un pedido de la querella y ordenó que el caso se siga investigando bajo estándares de violencia institucional. De esta forma reforzó la obligación del Estado de investigar con debida diligencia las muertes bajo custodia estatal y las graves violaciones a los Derechos Humanos.
El 26 de junio de 2003, el soldado Mauro Ramírez apareció muerto de un disparo en el pecho con su fusil reglamentario, FAL, calibre 765. El hecho ocurrió en el Destacamento de Monte 30 del Ejército Argentino, en Apóstoles, Misiones y hay indicios que estaban presentes otros dos conscriptos. La justicia provincial cerró la causa como suicidio a los tres meses del hecho y no se preservaron evidencias de máxima importancia como la ropa, el fusil y la vaina del disparo.
En el marco de la investigación, la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas rechazó la solicitud de la querella de citar a indagatoria a dos militares. El máximo tribunal penal del país consideró que esta decisión era arbitraria y no respetaba los estándares internacionales aplicables a casos de presunta violencia institucional. Con los votos de los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques, el fallo anuló esta resolución y ordenó que se dicte un nuevo pronunciamiento.
Cabe destacar que el CNPT, junto al Mecanismo Local de Chaco, realizaron un seguimiento activo del caso. Además, el CNPT participó de la audiencia ante la CFCP y se presentó como “amigo del tribunal” señalando que la muerte de una persona bajo custodia estatal debe ser considerada potencialmente ilícita. Esto impone al Estado una obligación reforzada de investigar con celeridad, exhaustividad y debida diligencia, priorizando todas las hipótesis y preservando la prueba conforme a los estándares internacionales, en particular el Protocolo de Minnesota.
El CNPT celebra esta decisión, que constituye un paso fundamental en el camino de verdad y justicia, garantiza el acceso a la justicia de las víctimas y reafirma la obligación del sistema judicial de considerar las muertes bajo custodia estatal como “potencialmente ilícitas”, tal como propone el Protocolo de Minnesota.
