El CNPT presentó sus observaciones al proyecto de reforma a la Ley Nacional de Salud Mental
El informe del CNPT detalla las principales situaciones de tortura y malos tratos relevadas en las inspecciones a centros de salud mental y plantea observaciones a diversos puntos del proyecto del PEN que se apartan de los compromisos internacionales de DDHH asumidos por el Estado Nacional al ratificar el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) y la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD), de jerarquía constitucional.Días atrás, en la reunión plenaria de las comisiones de Salud y Legislación General de la Honorable Cámara de Senadores, el comisionado Gustavo Palmieri expuso los principales puntos del documento.
El CNPT señaló que, a partir de las inspecciones realizadas en distintos establecimientos psiquiátricos monovalentes del país, se continúan registrando prácticas de tortura y malos tratos asociadas al modelo manicomial. Según el organismo, estas situaciones contrastan con las mejores condiciones observadas en hospitales generales y dispositivos intermedios de atención en salud mental.
Entre las principales problemáticas relevadas, el informe menciona el uso inadecuado de sujeciones químicas y mecánicas sin controles adecuados; la utilización de salas de aislamiento o contención —prohibidas por la normativa vigente debido al agravamiento que producen—; situaciones de sobrepoblación y hacinamiento; y privaciones arbitrarias de la libertad.
El documento sostiene que estas prácticas persisten en instituciones donde predominan dinámicas de segregación, opacidad y falta de controles efectivos.
En ese marco, el CNPT expresó su preocupación por algunos aspectos de la reforma impulsada por el PEN, al considerar que podrían afectar las tareas de monitoreo y prevención de la tortura. Uno de los puntos observados es la exigencia de que las inspecciones sean realizadas con la presencia de un profesional de psiquiatría. Además, el proyecto establece que los equipos de monitoreo deberán “abstenerse de intervenir en el normal funcionamiento del establecimiento”.
Frente a estas modificaciones, el organismo advirtió que sus inspecciones no tienen carácter médico, sino que están orientadas a supervisar el cumplimiento del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura (OPCAT) y prevenir situaciones de vulneración de derechos.
Asimismo, el CNPT alertó que la exigencia de profesionales de psiquiatría podría dificultar el funcionamiento de los Mecanismos Locales de Prevención (MLP), debido a la falta de especialistas en distintas jurisdicciones del país. También cuestionó que las instituciones supervisadas puedan determinar qué constituye una alteración de su funcionamiento, ya que eso podría derivar en restricciones u obstáculos para las tareas de control independiente.
Según el organismo, el proyecto “flexibiliza y debilita los mecanismos de control y supervisión y, por ende, la prevención de la tortura”. En esa línea, advirtió que la iniciativa desconoce compromisos internacionales asumidos por el Estado argentino al ratificar el OPCAT y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), ambos con jerarquía constitucional.
Finalmente, el CNPT remarcó que cualquier reforma sobre salud mental debe respetar los tratados internacionales de derechos humanos vigentes y fortalecer modelos de atención integral en hospitales generales, tal como establece la legislación actual.
