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El CNPT envió propuestas al Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público para adecuar el régimen disciplinario de magistrados/as del Poder Judicial y Ministerio Público Fiscal en la prevención, investigación y sanción de la tortura

El 4 de septiembre, el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) hizo llegar al Consejo Consultivo para el Fortalecimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público, creado por el decreto PEN 635/20, una serie de propuestas vinculadas al funcionamiento del Consejo de la Magistratura de la Nación y el Ministerio Público Fiscal para la determinación de responsabilidades de magistrados/as en la prevención, investigación y sanción de hechos de torturas, tratos inhumanos o degradantes y vulneraciones graves a los derechos humanos.

Tanto en el control de las condiciones de privación de la libertad como en la investigación de hechos de tortura y malos tratos, los y las magistradas poseen un rol central, aspecto que ha quedado en evidencia a partir de la condena al Estado ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos en los casos “Garrido y Baigorria” (1998), “Bulacio” (2003), “Bayarri” (2008), “Bueno Alves” (2007) y “Torres Millacura” (2011).

A estos precedentes, se agrega el caso de Ricardo Javier Kaplun, fallecido bajo custodia policial en noviembre de 2000, respecto del cual el Estado argentino reconoció la falta de adecuación a estándares internacionales de la investigación y suscribió un acuerdo de solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (2017) comprometiéndose a investigar el desempeño de los funcionarios policiales, judiciales y del Ministerio Público. Al respecto, el 20 de agosto el CNPT mantuvo una reunión con Moira Kaplun, hermana de Ricardo Javier, quien relató con detalle sus constantes esfuerzos para acceder a la información de los procedimientos disciplinarios seguidos contra los funcionarios judiciales que intervinieron en el caso y hacer valer sus alegaciones. La familia denunció al Fiscal interviniente en la causa en 2012 y, periódicamente, pidió información e intentó darle seguimiento a esa presentación, que fue resuelta seis años después, desestimando sus reclamos.

A partir de la experiencia de los casos mencionados, las propuestas del CNPT enfatizan la necesidad de incorporar cláusulas específicas en los regímenes disciplinarios de jueces/as y fiscales que, en cumplimiento de exigencias derivadas de la Constitución Nacional y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, fortalezcan sus obligaciones centrales en esta materia. Propuestas que apuntan a revertir algunas deficiencias estructurales mediante la inclusión en los respectivos regímenes disciplinarios de:

a) Normas sustantivas que refuercen el cumplimiento de las obligaciones en materia de tortura, malos tratos y vulneraciones graves a los derechos humanos, como parte de la prestación del servicio de justicia.
b) Normas que establezcan una vinculación más aceitada y reflejen en la investigación disciplinaria, las disposiciones, principios y decisiones del derecho internacional de los derechos humanos relativas a hechos de torturas, malos tratos o vulneraciones graves a los derechos humanos.
c) Normas que garanticen los derechos a participar en el esclarecimiento de los hechos en el ámbito disciplinario, de las víctimas y organismos de derechos humanos especializados.

El CNPT considera que la creación del Consejo Consultivo es una oportunidad inmejorable para abordar estos temas que resultan medulares para un adecuado funcionamiento del Poder Judicial y del Ministerio Público Fiscal en relación con el logro de los objetivos del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura.

El documento remitido al Consejo Consultivo puede consultarse aquí