Observaciones al proyecto de reincidencia, reiterancia, concurso de delitos y unificación de condenas
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura envió observaciones al Senado de la Nación a los proyectos que reforman el Código Penal y el Código Procesal Penal.
Allí advierte sobre el impacto negativo que la reforma podría tener ya que agravaría la sobrepoblación en los lugares de detención. Por esto, remarca la necesidad de que sea discutida tomando como punto de partida un diagnóstico sobre el sistema penal y las consecuencias que tendrá en el agravamiento de problemáticas estructurales que presentan estos espacios.
Según los datos relevados por el CNPT, entre 2016 y 2023, la cantidad de personas privadas de libertad en cárceles creció en un 48,5% mientras que en el caso de las alojadas en dependencias policiales lo hicieron en un 145,1%. Este hacinamiento impacta directamente en la vulneración de derechos de las personas detenidas, dificultando su acceso a condiciones básicas de habitabilidad, salud, educación y trabajo. Además, imposibilita la aplicación del régimen progresivo de la pena desnaturalizando su fin resocializador.
Con respecto a los puntos de reforma propuestos, en la unificación de penas se establece que la pena resultante será la suma aritmética de las condenas impuestas en las sentencias consideradas. Esto supone un aumento de penas encubierto, además de retirar toda posibilidad de determinación judicial, sin establecer claramente si rige el límite de 50 años previsto en el Código Penal como pena máxima.
Se propone la incorporación de la figura de la reiterancia delictiva como un supuesto más para dictar una prisión preventiva, que procede en caso de que la persona esté siendo investigada en otro proceso independientemente del estado de avance. Incluso, se agrega el “peligro de reiterancia delictiva”, noción que no se limita a la existencia de otros procesos pendientes sino que se expande a características de los hechos que motivan la imputación.
Además, se admite la aplicación de la prisión preventiva cuando se trate de hechos cometidos en el ejercicio de la libertad de expresión si concurren delitos contra las personas o contra la propiedad, modificación que resulta preocupante a raíz de la vigencia del “Protocolo para el mantenimiento del orden público ante el corte de vías de circulación” que obstaculiza el ejercicio del derecho humano a manifestarse y protestar.
Es importante señalar que esta ampliación de los supuestos para la aplicación de la prisión preventiva se aparta de lo señalado por los estándares internacionales en la materia, ya que desnaturaliza su carácter excepcional y, en la práctica, la transforma en la regla del proceso penal. Estos estándares son contundentes al establecer que solo se debe imponer cuando sea necesaria para la satisfacción de un fin procesal legítimo: que la persona acusada no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia.
Estas reformas profundizan la tendencia de “inflación penal”, que el país atraviesa en sus últimas décadas, sin contemplar de qué manera se afrontará ese incremento abrupto del encarcelamiento en un sistema penal que se encuentra saturado.
El CNPT diseñó un tablero interactivo sobre las reformas legislativas y el encierro penal en Argentina que refleja el crecimiento casi sin interrupciones de la privación de la libertad por motivos penales en Argentina en los últimos veinte años. El tablero incluye una sistematización del conjunto de todas las reformas penales y procesales a nivel nacional y federal sancionadas en ese período, que, salvo algunas excepciones, aumentaron la severidad punitiva.
LEY ANTIMAFIA En el marco de las sesiones extraordinarias, el Senado trata el proyecto de “Ley Antimafia” que tiene por finalidad modificar el Código Penal para realizar un abordaje integral del crimen organizado.
Sobre este proyecto, el Comité Nacional y el Consejo Federal de Mecanismos Locales ya habían hecho públicas sus observaciones respecto de algunos puntos que pueden ser cuestionados en su constitucionalidad:
En primer lugar, se apunta a incrementar la responsabilidad y el castigo sobre los actores que tienen menos niveles de participación en las organizaciones criminales, estableciendo penas desproporcionadas para los sectores con menos responsabilidad.
También se incorpora el concepto de “Zona Sujeta a Investigación Especial”, con la pretensión de que los diversos poderes del Estado puedan actuar de forma ágil, reduciendo los controles judiciales en distintas prácticas de las fuerzas policiales y de seguridad como detenciones, allanamientos e intervenciones telefónicas. Así, se promueve un abordaje territorial sobre ciertos sectores sociales con el fin de ejercer un control social informal sobre ellos que profundizará la criminalización que actualmente padecen.
Por otro lado, se permitiría a las fuerzas de seguridad detener a una persona por averiguación de comisión de una amplia gama de delitos por hasta 15 días prorrogables por igual término.
Todas estas prácticas profundizan problemas que ya han sido advertidos por el Comité en el marco de sus funciones, como el uso abusivo por parte de la policía de la facultad de detener personas para identificarlas o conocer antecedentes, generando prácticas arbitrarias y discriminatorias que incrementan el riesgo de sufrir torturas o malos tratos.
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