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Consejo Federal de Mecanismos Locales

El Consejo Federal de Mecanismos Locales (CFML) forma parte del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura. Su misión principal es aunar criterios, elaborar, programar y realizar el seguimiento de las políticas públicas, programas y planes de acción relativos a la prevención, sanción, y asistencia a las víctimas, de tortura y malos tratos. Trabaja en conjunto con el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT).

El Consejo Federal está integrado por los mecanismos locales que se creen o designen de conformidad con el Título III de la Ley 26.827 y la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN). Cada provincia, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la PPN tiene una sola representación en el CFML sin perjuicio de que se hubieran creado o designado más de un mecanismo local en su jurisdicción. Se encuentra presidido por el/la presidente/a del CNPT.

Asimismo, se destacan dentro de sus funciones la de designar a propuesta del Comité Nacional el o los organismos gubernamentales o no gubernamentales que cumplirán la función de mecanismo local de prevención de la tortura ante el vencimiento del plazo para la designación o creación por medio de leyes provinciales. También es su función elegir a los representantes de los mecanismos locales que integran el Comité Nacional para la Prevención de la Tortura, de acuerdo a lo previsto por el artículo 11, inciso b de la ley 26.827.

Funciona en reuniones ordinarias y extraordinarias. Se realizan como mínimo dos (2) Sesiones Ordinarias Plenarias anuales de las cuales participan los miembros del Consejo Federal.

Las reuniones plenarias son convocadas por el CNPT mediante nota formal acompañada por el orden del día de la reunión, con una antelación no menor a 15 días corridos.

En la actualidad se encuentra integrado por los mecanismos locales de:

 – Provincia de Buenos Aires: la Comisión Provincial por la Memoria fue designada mecanismo local ad hoc por el CFML a propuesta del CNPT;

– Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Comité para la Prevención de la Tortura y otros Tratos y Penas Crueles, Inhumanos y/o Degradantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

– Provincia de Corrientes: Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura, otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

– Provincia de Chaco: Comité para la Prevención de la Tortura de Chaco;

– Provincia de Chubut: Comité Provincial de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

– Provincia de Entre Ríos: Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

– Provincia de Jujuy: Comité Provincial para la Prevención de la Tortura de Jujuy;

– Provincia de Mendoza: Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Mendoza;

– Provincia de Misiones: Comisión Provincial de la Prevención de la Tortura de Misiones;

– Provincia de Neuquén: Comité Provincial para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

– Provincia de SaltaComité Provincial para la Prevención de la Tortura de Salta;

– Provincia de Tierra del Fuego A.I.A.S.: Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes de la Provincia de Tierra del Fuego A.I.A.S.; 

– Provincia de Tucumán: Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Tucumán;

– Provincia de Santiago del Estero: Comité de Evaluación del Seguimiento y Aplicación del Mecanismo Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de Santiago del Estero;

– Y en el ámbito federal la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN).

Reglamento del Consejo Federal de Mecanismos Locales para la Prevención de la Tortura