Pronunciamiento del CNPT sobre el nuevo Protocolo de Traslados de personas privadas de libertad en el ámbito del Servicio Penitenciario Federal
El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) destaca el Protocolo de Traslados de personas privadas de libertad, aprobado recientemente por la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, en cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH “López y otros vs. Argentina”.
La sentencia de la Corte IDH, había dispuesto “adoptar todas las medidas necesarias de orden legislativo, administrativo o judicial para reglamentar los traslados de personas privadas de libertad”. En este sentido, el Protocolo establece un procedimiento en instancia administrativa y judicial para disponer traslados de un establecimiento a otro del Servicio Penitenciario Federal, contemplando la proximidad familiar y social de la persona privada de la libertad, y de las autoridades judiciales y defensa técnica; e incluye otros supuestos específicos que deben ser valorados (padecimientos de salud, colectivo LGBT, estudios universitarios, mujeres embarazadas o que conviven junto a sus hijos/as en las unidades, trámites de libertad, entre otros). También, el Servicio Penitenciario deberá llevar un registro actualizado de personas allegadas a contactar en caso de traslado de una persona privada de la libertad, que deberán ser informadas de manera inmediata; y cuando se efectivicen traslados a establecimientos de lejanía, se deberán garantizar la comunicación de la persona con sus vínculos afectivos, promoviéndose el uso de sistemas de videoconferencia, llamadas, comunicaciones de texto, voz y video.
El CNPT considera que el Protocolo representa un avance para los derechos de las personas privadas de la libertad en el ámbito del Servicios Penitenciario Federal, y en su carácter de órgano rector del Sistema Nacional de Prevención de la Tortura, el CNPT llevará adelante las acciones pertinentes para monitorear su implementación, en cooperación con la Procuración Penitenciaria de la Nación (Mecanismo Local de Prevención a nivel federal).
A su vez, el CNPT advierte que la problemática de los traslados guarda relación estrecha con el histórico diseño del sistema penitenciario federal, en tanto la existencia y distribución de establecimientos penitenciarios a lo largo de todo el territorio nacional no se condice necesariamente con la cantidad de personas que en cada jurisdicción ingresan al sistema penitenciario. Ello ocasiona, por un lado, disparidades en la capacidad de alojamiento de algunos establecimientos (en particular en el ámbito metropolitano), y por el otro vulneraciones de derechos a causa de traslados por fuera del entorno familiar y social. Al respecto, el CNPT promueve la revisión integral de ese diseño territorial y se pone a disposición para cooperar en dicha tarea, en el marco de sus competencias, con las autoridades.
Finalmente, el CNPT alienta que se dicten otras disposiciones legales o reglamentarias en el resto de las jurisdicciones con la misma vocación de conciliar la práctica de los traslados con los derechos de las personas privadas de la libertad y los compromisos internacionales asumidos por el Estado, atendiendo a esta misma problemática de manera diferenciada en cada provincia.
Foto: Diario Clarín
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