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Celebramos el 36 aniversario de la creación de la CHA (Comunidad Homosexual Argentina)

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura,

DECLARA

Su beneplácito por el 36° Aniversario de la creación de la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), a conmemorarse el día 16 de abril del 2020.

FUNDAMENTOS

La Comunidad Homosexual Argentina (CHA) fue creada el 16 de abril de 1984 en una asamblea realizada en la discoteca Contramano, estableciéndose como objetivos primordiales la lucha contra la represión y los edictos policiales heredados de la dictadura militar.

Durante ese mismo mes dieron inicio a la campaña para promover la política de visibilidad de la CHA, donde Carlos Jáuregui, su primer presidente, junto con otro activista salieron abrazados en la tapa de la revista Siete días ilustrando la nota “Los riesgos de ser homosexual en la Argentina”, imponiendo así el debate sobre represiones, falta de libertad y derechos que afectaban a la comunidad LGTB. En el marco de su política institucional de visibilidad, publicaron solicitadas en los diarios más importantes, con los actos públicos que hoy siguen siendo característicos; realizando además campañas masivas sobre Vih/Sida, Derechos Humanos y Diversidad Sexual y salida del closet, logrando ser vanguardia en Latinoamerica.

Asimismo, la CHA tiene una larga trayectoria de lucha contra la represión policial. Debido a las recurrentes razzias policiales que sufrían los espacios de la comunidad, en julio de 1985, Carlos Jáuregui es detenido al invitar a una resistencia pacífica en solidaridad con quienes ya habían sido detenidos durante un operativo policial en Contramano. Este acto político tuvo gran trascendencia mediática y propició un debate más amplio sobre los edictos, como herramientas policiales de represión, persecución y abuso contra la comunidad lgtb. En la CHA comenzaron a recibir con mayor frecuencia denuncias por la política represiva que llevaban adelante contra las personas trans. Actualmente, la CHA sigue gestionando cientos de denuncias anuales que reciben por abuso de autoridad policial contra gays, lesbianas y trans.

También tuvieron un rol relevante en la reivindicación de la diversidad sexual en el marco del Colectivo de los Derechos Humanos. El 24 de marzo de 1986, a diez años del último golpe de estado y bajo la consigna “Juicio y Castigo a los Culpables”, la CHA participó de las jornadas convocadas por Madres de la Plaza de Mayo y por primera vez se instaló una mesa de LGTBIQ+.

Un hito en su historia fue la campaña pública “Stop-Sida”, la primera referida a la prevención del Vih/Sida de una ONG en Argentina, sostenida por la CHA hace más de veinte años, dirigida hacia el colectivo GLTBIQ+ en lugares públicos de la Ciudad de Buenos Aires. Nació en Septiembre de 1987, mientras el Estado especulaba con la identificación y marginación de las personas viviendo con Vih. La acción se inició con conferencias en centros de salud durante las que se establecieron los primeros vínculos con médicos sexólogos y psicólogos. La CHA fue la primera ONG que distribuyó material profiláctico e información en la vía pública. Actualmente, se realizan múltiples acciones, desde eventos, asesoramiento legal y psicológico, y campañas más focalizadas en distintos ámbitos.

Es también destacable que, fue La CHA junto a Gays DC, TRANSDEVI, ISIS, La ICM y Convocatoria Lesbiana, quienes organizaron y convocaron por primera vez en Argentina a la Marcha del Orgullo Gay-Lésbico, que se realizó el 2 de julio de 1992, desde Plaza de Mayo hasta el Congreso de la Nación, marcando el recorrido que todavía hoy sigue vigente.

La CHA impulsó y tuvo gran protagonismo en el debate para incluir la orientación sexual en la Ley Antidiscriminatoria de la Ciudad de Buenos Aires. Finalmente, el 30 de agosto de 1996, la Asamblea Estatuyente aprobó el articulo 11 del Estatuto, el cual afirma, “Todas las personas tienen idéntica dignidad y son iguales ante la ley”, y establece que, “Se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de etnia, genero, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica, o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo”.
Fue también la primera organización que en democracia recuperó la lucha del Frente de Liberación Homosexual (FLH), que desde 1973 pedía la derogación de los Edictos Policiales anticonstitucionales. Finalmente, el 4 de marzo de 1998, gracias al trabajo en conjunto entre la CHA y el CELS, se logró la derogación de los edictos para establecerse, con carácter transitorio, el “Código Contravencional de la Ciudad de Buenos Aires”. Esto significó un primer pasó de gran trascendencia para continuar con este reclamo en las distintas provincias en las que aun hoy continúan vigente Códigos de Falta y Contravencionales que criminalizan a gays, travestis y personas en situación de prostitución.

Entre los antecedentes de esta campaña, se cuentan distintas movilizaciones contra la represión policial que estas leyes amparan. En el año 2000, junto a otras organizaciones, se realizaron actos de repudio y denuncia por la inminente inauguración de las cárceles contravencionales; y por el asesinato de Vanessa Ledesma el 23 de marzo de 2003 en una comisaría de Córdoba. Durante estos años se realizaron diversas acciones públicas denunciando a los códigos que criminalizan a homosexuales y travestis; y se publicaron varios informes sobre leyes que deben modificarse y sobre los atentados contra los derechos humanos de las personas lgtbiq+. El 8 de mayo de 2008, se lanzó formalmente la Campaña y se intensificaron las presentaciones de informes y pedidos a las distintas gobernaciones provinciales, diputados y senadores nacionales, exigiendo la revisión de estas legislaciones. Progresivamente se va instalando esta problemática en la agenda política nacional y se generan los compromisos necesarios para la derogación de estas normas represivas y discriminatorias.

En cuanto a la actuación de la organización en las cárceles, se debe destacar que desde un principio tuvo amplia presencia en los establecimientos penitenciarios militando para el respeto del colectivo en cuestión. Sin embargo vemos necesario resaltar que, pese a los grandes avances que se han logrado en el ámbito penitenciario, siguen existiendo numerosas injusticias y violaciones a los derechos del colectivo LGBTIQ+.

En el ámbito penitenciario, las personas homosexuales son separadas del resto de los internos, bajo el pretexto de asegurar su protección. Sin embargo, los lugares destinados a este fin suelen ser aquellos en el que las instalaciones edilicias presentan las mayores deficiencias. Como sucede en el Entrepiso del Pabellón Nº 1 de la Unidad Penitenciaria Nº 1 de Devoto, el hacinamiento, las condiciones de vida insalubres (causadas por la falta de higiene) y la repetida negativa a proporcionar asistencia médica, son ejemplos frecuentes de los malos tratos perpetuados a personas homosexuales en base a claras prácticas discriminatorias. Por otra parte, la situación se ve agravada ante una siniestra política institucional basada en la negativa de facilitar alimentos para una dieta equilibrada; esta medida tiene como correlato el abuso que se produce al intercambiar alimentos por “favores sexuales” a otros presos y guardia cárceles inclusive. Tampoco se facilitan materiales de uso preventivo dentro de las unidades penales, lo que genera un alto índice de morbi-mortalidad por Vih/Sida en las personas homosexuales privadas de su libertad. Finalmente, las personas travestis y transexuales son víctimas de los peores abusos; estos van desde el castigo de sus expresiones de género hasta la tortura y en muchos casos la muerte.

En la actualidad no existen leyes que criminalicen las relaciones sexuales entre personas del mismo sexo o por el hecho de ser una persona transgénero. Asimismo, la transgeneridad dejó de ser considerada una enfermedad, en términos formales, a partir de la reciente sanción de la Ley de Identidad de Género. De todos modos, aún persisten diversas prácticas discriminatorias en el ámbito de la justicia, que reproducen los prejuicios prevalecientes en la sociedad. La hostilidad del sistema judicial frente a estas comunidades, constituye uno de los obstáculos principales para el acceso a la justicia. Ello se traduce, además, en la dificultad que deben atravesar para realizar denuncias de violencia y abuso, así como para acreditar la condición de víctima. Por otra parte, los avances en la legislación nacional no fueron acompañados por guías de procedimiento o protocolos de actuación. De hecho, no se advirtieron políticas de sensibilización y capacitación en género, identidad de género y sexualidades entre las/os operadoras/es judiciales y el personal de la fuerza de seguridad. Recién ahora se están empezando a brindar en algunos ámbitos.

Asimismo, se señala que en la Argentina el acceso a la información pública relativa a las personas privadas de libertad se encuentra obstaculizado por la falta de políticas públicas que construyan datos confiables respecto a la cuestión penal. En esta línea, es casi inexistente la producción de información respecto a la realidad particular de ciertos grupos encarcelados, como el colectivo LGTBIQ+.

Las principales problemáticas que se observan son:

– Alojamiento:

La cuestión del alojamiento de las personas transgénero y gay dentro de los establecimientos penitenciarios es materia de debate y discusión. En el ámbito del SPF la asignación de alojamiento ha ido modificándose en estos últimos años. Sin embargo, los principios generales de gestión se encuentran regidos por criterios de seguridad, separación y segregación de la población. Durante el 2016 las transformaciones y modificaciones en la población transgénero y gay giraron alrededor de la cuestión del alojamiento. Los cambios novedosos fueron presentados como consecuencia de una política con enfoque de género. Sin embargo, por el modo en que fueron realizados, obedecerían a respuestas impulsadas ante el fenómeno de la sobrepoblación.

Sostenemos, en concordancia con los estándares de derechos humanos de las personas LGTBIQ+, en particular lo esgrimido en los Principios de Yogyakarta, que sostiene que las personas deben participar activamente en las decisiones respecto al lugar de detención.

  • Acceso a la salud:

El acceso a la salud para toda persona privada de su libertad suele estar acompañada de una serie de vulneraciones de derechos e irregularidades. En lo que refiere específicamente al colectivo LGTBIQ+, a estas irregularidades se suman otras relativas a la problemática de género. Esta situación cobra mayor relevancia en el caso de la población trans, quienes enfrentan mayores situaciones de exclusión y discriminación. En líneas generales, existe un desconocimiento general sobre las problemáticas específicas que presenta este colectivo en materia de salud. Ello también se observa en la falta de capacitación de los profesionales de salud. Las prácticas médicas suelen estar atravesadas por discursos homofóbicos y transfóbicos. Las personas detenidas manifiestan malestar respecto al trato en los efectores de salud, y disconformidad con las prestaciones de salud recibida. Además, debe destacarse que las historias clínicas de las mujeres transgénero suelen completarse con el nombre masculino y no por el nombre elegido, en concordancia con la identidad de género autopercibida. El vacío institucional queda en evidencia al observarse la ausencia de una política de salud integral con perspectiva de género que incluya la capacitación de los profesionales de salud y la implementación de programas específicos que contemplen las necesidades específicas de cada colectivo.

  • Requisas:

Las requisas personales forman parte de los factores de riesgo que actualmente afectan a la población en general y, de forma particular, a la población LGTBIQ+. Si bien los estándares internacionales señalan que la utilización de las requisas debe ser guiada por los principios de necesidad y proporcionalidad, ello en la práctica no se cumple. Más aún, recomiendan que las requisas sean llevadas a cabo por personal del mismo género, o de ser posible que las personas puedan elegir ser requisadxs por personal masculino o femenino, lo cual tampoco se cumple. Los procedimientos de requisas generalmente se realizan de forma irregular, y suelen involucrar otras prácticas violentas como malos tratos verbales, humillaciones y degradaciones. De acuerdo a lo relatado por las personas trans, las requisas son llevadas a cabo por personal penitenciario masculino, y en muchos casos incluyen desnudos totales.[1]

Estas son algunas de las problemáticas que se continúan observando en los establecimientos penitenciarios, pero confiamos en que la lucha conjunta de las organizaciones como la CHA, que ayudan a hacerlas visibles y combatirlas, nos ayuden a que en un futuro cercano logremos erradicarlas.