Día Internacional del trabajador y la trabajadora
El acceso al trabajo en contextos de encierro debe ser garantizado por el Estado.
Las personas detenidas gozan de los mismos derechos y condiciones laborales que las/os trabajadoras/es en el medio libre, tales como indemnización por accidente y protección de su seguridad e higiene, entre otros.
El trabajo en establecimientos de encierro debe ser:
-remunerado de manera justa
-formativo
-orientado a la reinserción social
No debe ser forzado ni humillante.
En sus inspecciones, el Comité releva el cumplimiento de este derecho y remite a las autoridades recomendaciones puntuales.
También realiza aportes a proyectos de ley vinculados a la temática y brinda apoyo a programas de capacitación y trabajo destinados a las personas privadas de la libertad.